lunes, 31 de diciembre de 2007

Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de ...

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El 27 de diciembre se publicó en el BOE la Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

La aprobación de la ley que regula las infracciones y sanciones por el incumplimiento de la Ley 51/2003, conocida como LIONDAU (Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad), prevista en su disposición undécima, era imprescindible para garantizar el ejercicio real del derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad.

Este régimen de infracciones y sanciones se aplicará en todo el territorio del Estado, sin perjuicio de las infracciones y sanciones que las Comunidades Autónomas puedan establecer en ejercicio de sus competencias propias.

Las infracciones se clasifican en:

  • leves: irregularidades meramente formales
  • graves: entre las que se encuentran el incumplimiento de las exigencias de accesibilidad
  • muy graves: entre las que se encuentran "el incumplimiento por parte de las personas obligadas de las normas legales sobre accesibilidad en la planificación, diseño y urbanización de los entornos, productos y servicios a disposición del público que impida el libre acceso y utilización regulares por las personas con discapacidad".

Las infracciones serán multas entre los 301 euros y el millón de euros. No excediendo de 30.000 euros para las leves y 90.000 para las graves. Las muy graves podrán ir acompañadas de la supresión de ayudas y subvenciones en el sector de actividad en cuyo ámbito se produce la infracción.

El abono de la multa no exime del cumplimiento de la Ley 51/2003.

Las infracciones a que se refiere la presente Ley calificadas como leves prescribirán al año, las calificadas como graves a los tres años y las calificadas como muy graves a los cuatro años.

Su entrada en vigor está fijada a los tres meses de su publicación.

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1 comentarios :
Matarratas dijo...

Hola, soy diseñador web, me resulta curioso y util este blog. gracias

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